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El próximo 27 de abril termina el plazo para darse de alta en el Registro de Operadores - Sysfinance

Escrito por 01c98f6c0f | Apr 3, 2019 11:15:03 AM

La Agencia Tributaria, promulgó hace unos meses una nueva orden en relación al Real Decreto-Ley 16/2018, del 26 de octubre, en la que se esclarece que aquel que realice actividades con embarcaciones neumáticas y semirrígidas de alta velocidad deberá estar obligatoriamente dado de alta en el Registro de Operadores de Embarcaciones Neumáticas y Semirrígidas de Alta Velocidad. El incumplimiento de esta nueva normativa afectará a la embarcación considerándola de género prohibido. 

El gobierno ha establecido nuevas medidas de limitación de uso y prohibición para luchar contra el tráfico ilícito de personas y mercancías que sucede a menudo en las costas del Mediterráneo. En concreto la nueva ley exige a quienes vayan a realizar alguna actividad de reparación, fabricación, reforma, circulación, comercio o tenencia, estar dados de alta previamente en el Registro mencionado anteriormente, así como cumplimentar para cada embarcación afectada por la normativa una solicitud de autorización de uso si esta se emplea en cualquier punto de las aguas interiores, del mar territorial español o zona contigua.

La presentación de estas solicitudes es obligatoria desde el 28 de octubre de 2018, para 

aquellos operadores que poseen las embarcaciones desde antes de la nueva promulgación se ha establecido un periodo transitorio de seis meses, para que formalicen la solicitud de alta en el Registro de Operadores de Embarcaciones Neumáticas y Semirrígidas de Alta Velocidad antes del 27 de abril de 2019; y tantas solicitudes de autorización de uso como embarcaciones afectadas por la normativa se posean.

Las embarcaciones afectadas por la nueva normativa serán aquellas cuyo casco sea menor o igual a 8 metros de eslora total (incluida la estructura neumática) y dispongan de una potencia igual o superior a 150 kilovatios, independientemente del número de motores que posea la embarcación. También es obligatorio para aquellas cuyo casco sea mayor a 8 metros de eslora total (incluida la estructura neumática).

https://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Aduanas/Contenidos_Privados/Embarc_altaveloc/Triptico_semirigid.pdf